lunes, 23 de julio de 2007

La Red Expertos Inmobiliarios continúa con su crítica hacia la nueva Ley de Suelo

Una vez más, las críticas sobre la reciente nueva Ley del Suelo, que entró en vigor el pasado 1 de julio, continúan. Según la Red Expertos Inmobiliarios, la nueva Ley no garantiza que se abandonen prácticas corruptas ni que se facilite el acceso de los ciudadanos a la vivienda. Todo un órdago para el presidente del Gobierno y la ministra Trujillo, cuyo objetivo de la Ley era abaratar el precio de la vivienda combatiendo la especulación.

Eduardo Molet, Presidente de la Red y consultor inmobiliario de entidades financieras nacionales y extranjeras, indicó que “la eficacia de esta Ley como instrumento que permita atajar la corrupción urbanística no se puede garantizar debido a que las exigencias de transparencia e incompatibilidades que se impone a los responsables municipales no son suficientes”.

Otro de los puntos discutidos por la Red de Expertos Inmobiliarios es el acceso a la vivienda. Para estos expertos, “la reserva mínima del 30% de la edificabilidad residencial para vivienda de protección pública no es suficiente para solucionar el problema, puesto que el precio de la vivienda no depende sólo de la regulación del suelo”. “Tienen mayor importancia otro conjunto de factores, como los tipos de interés de las hipotecas, la fiscalidad de la de vivienda propia, la economía general o el crecimiento demográfico”, aseguran. Respecto a este punto, otra de las críticas de la Red va dirigida al hecho de que la Ley "no imponga a las autonomías la reserva de un porcentaje mínimo de suelo residencial integrado en el patrimonio público a vivienda de protección oficial, al permitirse que los terrenos de los patrimonios públicos de suelo puedan destinarse, incluso íntegramente, a otros fines”.

Otra de las cuestiones negativas a las que aluden es que la nueva ley permite a la legislación urbanística autonómica hacer excepciones, sin limitación alguna, a favor de los propietarios del suelo en cuanto a la facultad de urbanizar, frente al criterio general de la Ley, de que la urbanización es un servicio público atribuible mediante concurso público. No se ve la razón por la que el Estado, a efectos de igualar los derechos de los propietarios, establece una regulación que permite excepcionar totalmente por la legislación autonómica.

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